Corpus
Modo: Corpus Pro

CAREOS, OMISION DE, VIOLATORIA DE GARANTIAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 235217 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Segunda Parte; Pág. 13

Si entre la declaración del reo y las de los testigos existen discrepancias fundamentales, los testigos en cuestión resultan verdaderos instrumentos de prueba de cargo en contra del inculpado, supuesto que se requiere para la práctica de careos constitucionales; por lo cual, si no se practicaron, se conculcan las garantías consagradas en la fracción IV del artículo 20 constitucional, por dejarse al acusado en estado de indefensión, de acuerdo con lo previsto por el artículo 160, fracción III, de la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235217-1024dd2d/careos-omision-de-violatoria-de-garantias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1721/74. José Francisco Treviño González. 2 de abril de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 72, página 25. Amparo directo 5341/74. Miguel López Muñiz. 14 de febrero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen 26, página 15. Amparo directo 6126/69. Amancio Vázquez Mata. 26 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen 21, página 15. Amparo directo 6061/69. Cayetano Bautista Cruz. 17 de septiembre de 1970. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Abel Huitrón y A. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Parte, tesis 50, página 118, bajo el rubro "CAREOS, OMISION DE, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS.". Nota: En el Volumen 72, página 25, la tesis aparece bajo el rubro "CAREOS. NO SON SUSTITUIBLES POR LA CONFRONTACION.". En el Volumen 26, página 15, la tesis aparece bajo el rubro "CAREOS, OMISION DE LOS.". En el Volumen 21, página 15, la tesis aparece bajo el rubro "CAREOS IMPRESCINDIBLES.".

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