OFENDIDO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.
Si por la declaración del ahora occiso se tuvo conocimiento de la forma en que se desarrollaron los acontecimientos, y teniendo en cuenta que el ofendido es órgano de prueba, es evidente que su información sirve al juzgador de medio de descubrir la verdad, por lo que no es dable desestimar su dicho, por provenir de parte interesada, ya que a lo sumo pretendería agravar la situación del acusado, pero de ninguna manera señalaría a persona diversa como autora del daño lesivo, sino precisamente a quien se lo causó; de ahí que su manifestación revista las características de un testimonio y el alcance de un indicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236934-aaad293e/ofendido-valor-de-la-declaracion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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