PRUEBAS, FACULTAD DEL JUZGADOR PARA EL DESAHOGO DE LAS.
Si bien es cierto que los artículos 278 y 279 del Código de Procedimientos Civiles disponen que: "para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos puede el juzgador valerse de cualquier persona, sea parte o tercero y de cualquier cosa o documento...", y que "los tribunales podrán decretar en todo tiempo sea cual fuere la naturaleza del negocio, la práctica o ampliación de cualquier diligencia probatoria, siempre que sea conducente para el conocimiento de la verdad...", también es cierto que la facultad que confieren al juzgador dichos preceptos es potestativa, desde el momento en que se utilizan los términos "puede" y "podrán"; esto es, depende de que el juzgador desee hacer uso de esa facultad que la ley le confiere al respecto; queda a su criterio determinar si se desahoga o no determinada prueba; se trata pues de una mera facultad del juzgador, no de una obligación, puesto que la carga de la prueba corresponde a las partes, ya que el artículo 281 del citado código procesal previene que: "el actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de sus excepciones".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241665-54920e73/pruebas-facultad-del-juzgador-para-el-desahogo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER, LIMITACIONES A LAS. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL JUICIO, ADMINICULACION DE LAS, POR EL JUZGADOR. (s/clave)
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER. (s/clave)
- PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER. CONSTITUYE FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUEZ DECRETAR SU DESAHOGO. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL JUICIO. (s/clave)
- PRUEBAS, PERFECCIONAMIENTO DE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis