Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AGRARIO. TERMINO PARA INTERPONER AMPARO. NUCLEO COMUNAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 245440 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 181-186, Séptima Parte; Pág. 103

El juicio de amparo contra actos ocurridos con anterioridad a la reforma del año de 1963 del artículo 21 de la Ley de Amparo, es de 15 días para los núcleos de población agraria; en consecuencia, si el poblado quejoso tuvo conocimiento del acto reclamado con anterioridad mayor a la indicada, resulta correcto declarar que opera la causal de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción XII, de la Ley de Amparo, y sobreseer el juicio de garantías, por estimarse consentido tácitamente el acto reclamado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245440-e2d681cf/agrario-termino-para-interponer-amparo-nucleo-comunal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 4230/80. Poblado Comunal de Santo Domingo Ozolotepec, Miahuatlán, Oaxaca. 12 de enero de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarcisio Márquez Padilla. Véase: Apéndices al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975 y 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 109 y 185, páginas 217 y 359, respectivamente, bajo el rubro "TERMINO PARA PROMOVER EL AMPARO POR NUCLEOS DE POBLACION EJIDAL O COMUNAL ACTOS REALIZADOS CON ANTERIORIDAD A LAS REFORMAS DEL ARTICULO 22 DE LA LEY DE LA MATERIA (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 4 DE FEBRERO DE 1963).

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis