HUELGA. IMPUTABILIDAD DEL PATRON.
Si la propia empresa reconoce como fundados los motivos que expresan sus trabajadores en el pliego petitorio con emplazamiento a huelga, y estalla ésta, la resolución de la Junta condenándola al pago de los salarios caídos durante la holganza por considerar que la imputabilidad de dicha empresa es manifiesta, no es violatoria de garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246125-5c93bf48/huelga-imputabilidad-del-patron · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2266/66. "La Europea", S.A. 22 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: Raúl Castellano.
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