LESION EN LOS CONTRATOS. INTERPRETACION DEL ARTICULO 17 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE SINALOA.
La recta interpretación del artículo 17 del Código Civil del Estado de Sinaloa, permite establecer que cuando se reclama el cumplimiento de las obligaciones derivadas de un contrato, y el demandado se excepciona aduciendo que existe lesión en el mismo por los motivos previstos en dicho artículo y pide la reducción equitativa de la obligación, esa defensa sólo puede prosperar si existe la imposibilidad de rescindir (anular) el contrato, pues la ley exige expresamente que concurra este requisito para poder solicitar la reducción de la obligación, y además, que el demandado demuestre que el actor, explotando su suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria, obtuvo un lucro excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que él por su parte se obligó.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251094-95f5f172/lesion-en-los-contratos-interpretacion-del-articulo-17 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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