TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, CUANDO ESTE SE OTORGA PARA EFECTOS.
Si la protección constitucional concedida a la quejosa es para el solo efecto de que la sentencia de la Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal se deje insubsistente en lo relativo al procedimiento del juicio anulatorio, para que se oiga a la quejosa en defensa de sus intereses, y tomando en consideración que las sentencias que pronuncia el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal son meramente declarativas y no constitutivas de derecho, careciendo en consecuencia de ejecución alguna, resulta lógico y jurídico estimar que los actos de ejecución atribuidos a las autoridades recurrentes, los cuales fueron negados por las mismas sin prueba en contrario, resultan inexistentes y por ende tal situación jurídica conduce a sobreseer en este aspecto el juicio de garantías.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/252327-67246028/tribunal-de-lo-contencioso-administrativo-del-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACTO RECLAMADO EN EL AMPARO QUE TAMBIEN CONSTITUYE MATERIA DE UN JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. JUICIO CONSTITUCIONAL IMPROCEDENTE. (s/clave)
- TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, CASO EN QUE NO ES NECESARIO AGOTAR JUICIO ANTE EL. (s/clave)
- JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, DEBE AGOTARSE PREVIO AL JUICIO DE AMPARO. (I.6o.A. J/1)
- SENTENCIA DE AMPARO. SI SU CUMPLIMIENTO INVOLUCRA TAMBIÉN EL DE LA DICTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, ES AL JUEZ DE DISTRITO A QUIEN CORRESPONDE DETERMINAR LA FORMA Y (I.7o.A.129 A (10a.))
- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CASO EN QUE NO EXISTE LA OBLIGACIÓN DE AGOTAR EL JUICIO, PREVIAMENTE AL AMPARO.- (914)
- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CASO EN QUE NO EXISTE LA OBLIGACION DE AGOTAR EL JUICIO, PREVIAMENTE AL AMPARO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis