Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION, COMPUTO DEL TERMINO DEL RECURSO DE. DISCREPANCIA ENTRE LA MANIFESTACION DEL RECURRENTE Y LAS CONSTANCIAS DE AUTOS RESPECTO DE LA FECHA DE NOTIFICACION DE LA SENTENCIA RECURRIDA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 254248 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 82, Sexta Parte; Pág. 80

Si en el escrito de revisión el recurrente manifiesta haber sido notificado de la sentencia recurrida en determinada fecha y conforme a ésta el recurso resulta extemporáneo, pero de las constancias de autos aparece que la notificación de aquélla tuvo lugar en otra fecha y hecho el cómputo con base en esta última fecha el recurso resulta interpuesto en tiempo oportuno, es legal su admisión.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/254248-1666d2f9/revision-computo-del-termino-del-recurso-de-discrepancia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Reclamación 533/75. Jesús Estrada Camacho. 16 de octubre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Ricardo Flores Martínez.

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