COMPETENCIA FEDERAL, EFECTOS DEL CONFLICTO DE.
Las cuestiones de competencia entre autoridades federales son el reflejo de los atributos de jurisdicción e imperio de que están investidas y la Suprema Corte de Justicia sólo puede ejercer la facultad que le otorgan los artículos 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 438 de la Ley Federal del Trabajo, con relación al punto concreto jurisdiccional de derecho público que le planteen las dos jurisdicciones que controviertan para conocer de determinado negocio, de tal modo que el interés de los particulares que figuren como actor y demandado en la controversia respectiva, queda relegado a segundo término, o mejor dicho, desaparece totalmente, en cuanto a los efectos de la cuestión competencial que se haya suscitado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257956-3ad6671b/competencia-federal-efectos-del-conflicto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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