OFENDIDA, RETRACTACION DE LA. CUANDO PROCEDE.
Si la imputación primitiva de la ofendida, no sólo no fue sostenida durante la instrucción, sino que se retractó de la acusación, y si de las constancias de autos aparece razonada, se está en el caso de estimar que existe insuficiencia de pruebas para la configuración del cuerpo del delito que se le imputa al acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258849-d473490c/ofendida-retractacion-de-la-cuando-procede · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 10425/66. J. Natividad Rodríguez López. 21 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
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