MINISTERIO PUBLICO. DEBE PRECISAR LAS CALIFICATIVAS A QUE SE REFIERA EN SU ACUSACION.
Esta Suprema Corte de Justicia ha sostenido el criterio de que el Ministerio Público debe precisar la calificativa a que se refiere, a fin de que el juzgador esté en condiciones de aplicar la sanción que justamente merezca el infractor, pero, esencialmente, para no dejar a éste sin defensa, ya que siendo varias las hipótesis previstas en la ley, no es jurídico dejarle la carga de aportar pruebas y combatir todas las previstas, tanto más si se toma en cuenta que el Ministerio Público es un órgano técnico que debe precisar con la claridad debida el alcance y límites de su acusación, por la facultad exclusiva que le corresponde de perseguir los delitos en los términos del artículo 21 de la Constitución Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259040-897c2ad1/ministerio-publico-debe-precisar-las-calificativas-a-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MINISTERIO PUBLICO, DEBE PRECISAR LAS CALIFICATIVAS A QUE SE REFIERA SU ACUSACION. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, EL JUEZ NO PUEDE SUPLIR LAS DEFICIENCIAS DEL. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL (CALIFICATIVAS). (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL. CALIFICATIVAS. ERROR EN LOS PUNTOS PETITORIOS, NO ASI EN LOS CONSIDERANDOS. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, PRECEPTOS LEGALES CITADOS POR EL. (s/clave)
- CALIFICATIVA NO PRECISADA POR EL MINISTERIO PUBLICO, REBASAMIENTO DE LA ACUSACION EN CASO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis