ORGANO JURISDICCIONAL NO PUEDE REBASARLAS.
Si el agente del Ministerio Público no hizo expreso pedimento de acusación sobre reparación del daño ni señala las bases para cuantificar éste, la condena que por este concepto haga la responsable implica que el órgano jurisdiccional rebasó la pretensión punitiva del acusado, en violación del artículo 21 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260068-cac62090/organo-jurisdiccional-no-puede-rebasarlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5718/62. José García Muñiz. 17 de octubre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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