REPARACION DEL DAÑO, CUANDO NO EXISTE PRUEBA DE SU MONTO, NO DEBE CONDENARSE AL PAGO DE LA.
Si el Ministerio Público pide en sus conclusiones se condene al pago de la reparación del daño sin expresar el monto, y sobre el particular sólo existe un escrito del ofendido en el que formula una petición relativa a que se le pague el monto de lo gastado; pero no obra en autos prueba alguna respecto a que los gastos causados hayan ascendido a esa cantidad, es improcedente la condena a pagarla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260089-336092fe/reparacion-del-dano-cuando-no-existe-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3101/62. Victoriano Rolón Bautista. 15 de octubre de 1962. Mayoría de tres votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Jurisprudencia relacionada
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO, SI NO SE PRUEBA EN EL JUICIO SU MONTO, DEBE ABSOLVERSE. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. FALTA DE PRUEBA DEL MONTO DE LOS DAÑOS. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO, CONDENA SIN ESPECIFICAR CUANTIA (CONSECUENCIAS). (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO: (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis