ROBO, APODERAMIENTO EN EL.
Conforme al artículo 369 del Código Penal, basta la aprehensión de la cosa para que se consume el robo y no se requiere el desplazamiento de la cosa, retirándola del alcance material de su dueño, para llevarla al pleno dominio ilícito del ladrón.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260209-793be898/robo-apoderamiento-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8665/61. Hilario Granados Córdoba. 5 de julio de 1962. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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