CONDENA CONDICIONAL, FIANZA PARA LA.
La fianza que debe señalarse para que el reo goce de la condena condicional, se rige por el inciso d) de la fracción I del artículo 90 del Código Penal Federal y debe garantizar que el reo se presente ante la autoridad siempre que fuere requerido y que habrá de reparar el daño causado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262236-3ed69fed/condena-condicional-fianza-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1071/59. Efrén Bureau González. 9 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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