Corpus
Modo: Corpus Pro

IMPRUDENCIA, GRAVEDAD DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 262649 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 73

La imprudencia en que incurrió el reo debe considerarse como grave, si el choque y sus consecuencias fueron fácilmente previsibles y evitables, si se hubiera actuado en las condiciones que aconsejaba la más elemental prudencia, para lo cual bastaba una reflexión ordinaria; y debe hacerse notar, por otra parte, que el circular con exceso de velocidad e invadiendo la circulación contraria, son hechos que implican desacato a las disposiciones de tránsito, cuya violación revela desaprensión y falta de interés, en el sujeto, en el cumplimiento de aquellas normas cuya observancia es general y que se han dictado, precisamente, para garantizar la seguridad de vidas y bienes en los caminos y vías, tanto federales como locales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262649-f373f7df/imprudencia-gravedad-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7544/58. Eleazar Ruiz Moreno. 23 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.