APELACION EN MATERIA PENAL.
Si el Ministerio Público, en los agravios formulados para la sustanciación del recurso, no alude a un delito, el tribunal de apelación no estuvo en condiciones legales de revocar la sentencia absolutoria sobre este punto, porque al hacerlo, de hecho suplió los agravios del representante social, lo cual entraña violación de garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263440-87df7076/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2384/58. Manuel Mota García y coagraviados. 1o. de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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