SUSPENSION Y LIBERTAD CAUCIONAL.
De acuerdo con los artículos 170 y 171 de la Ley de Amparo, la autoridad responsable está obligada a suspender la ejecución de la sentencia, pero no lo está a conceder la libertad caucional sino en los casos en que ésta proceda, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 20 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263571-c08492fb/suspension-y-libertad-caucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 168/58. Julián Medrano. 31 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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