FRAUDE, DEVOLUCION DE LO DEFRAUDADO.
La devolución de lo obtenido por el reo sólo tiene trascendencia para el efecto del resarcimiento del daño causado por el delito, pero de ninguna manera para la imposición de la penalidad, que es la señalada en el artículo 386, reformado, del Código Penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263751-e5fac5b9/fraude-devolucion-de-lo-defraudado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5093/57. Eli Jiménez Nájera. 13 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XII, Segunda Parte, página 57, tesis de rubro "FRAUDE. PAGO DE LO DEFRAUDADO.".
Jurisprudencia relacionada
- FRAUDE. DEVOLUCION DE LO OBTENIDO. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis