ROBO Y ABUSO DE CONFIANZA. DEPENDIENTES.
Si se cambiaba una mercancía por otra y, al recibir el precio, los acusados se apoderaban del excedente, ello constituye el delito de robo, desde el momento que tanto las mercancías, como su precio, no lo tenían los acusados en depósito, sino que, en su carácter de empleados, lo tenían a su alcance y, por tanto, el delito es el robo de dependiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264015-b3a936c6/robo-y-abuso-de-confianza-dependientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 463/58. Bulmaro Miranda Pascindo. 7 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Amparo directo 461/58. Florentino Delgado Pascindo. 7 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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