OFENDIDA. VALOR DE SU DICHO (RAPTO).
La declaración de la menor ofendida sí pude ser estimada en contra del acusado, si no hay razón para pensar en una imputación gratuita; y en tratándose de delitos como el de rapto, debe recordarse que en la mayoría de los casos se cometen procurando la ocultación con respecto a testigos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264732-7ec204c1/ofendida-valor-de-su-dicho-rapto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5493/56. Silverio Martínez Cortes. 28 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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