NOTIFICACIONES EN EL JUICIO FISCAL.
En todo caso, debe cumplirse con los requisitos que establecen los artículos 173 fracción II, 176 fracción II y 177 del Código Fiscal, para que puedan surtir todos sus efectos legales, sobre todo cuando se trata de notificación personal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/265213-9214cd4b/notificaciones-en-el-juicio-fiscal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 244/64. Maderas de Chihuahua, S. de R. L. 12 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
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