Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRAVIOS, LOS ARGUMENTOS EXPUESTOS ANTES DE LA SENTENCIA NO PUEDEN TENERSE POR.

Clave: — · Registro digital (IUS): 265981 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIII, Tercera Parte; Pág. 25

No puede tenerse como agravios la parte del recurso de revisión que contenga iguales argumentos a los que se hicieron valer en la contestación de la demanda, por la misma razón de que no deben considerarse como tales alegaciones hechas por las autoridades responsables en sus informes justificados, ya que tales peticiones o alegaciones son anteriores a la sentencia y, por lo mismo, no pueden servir de apoyo a los agravios que pudiera causar ésta, puesto que esos agravios son posteriores a esas alegaciones.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/265981-7a38976f/agravios-los-argumentos-expuestos-antes-de-la-sentencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 556/63. Instituto de Orientación y Defensa de la Mujer, A. C. 25 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.

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