PULQUE, CLAUSURA DE LOS EXPENDIOS DE.
El director de Gobernación del Departamento del Distrito Federal es incompetente para ordenar la clausura de un expendio de pulque, porque de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento para Expendios de Pulque, Aguamiel o Tlachique, estas atribuciones son propias de los CC. Jefe o Secretario General del Departamento del Distrito Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266039-5ac1fcd4/pulque-clausura-de-los-expendios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 9337/63. Juan José Maldonado Casanova. 14 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XX, página 91. Amparo en revisión 6074/58. Antonio Paredes. 11 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Nota: En el Volumen XX, página 91, esta tesis aparece bajo el rubro "PULQUERIAS. CLAUSURA DE.".
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