NOTIFICACION PERSONAL (LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL).
La notificación que se pretenda hacer a un causante, carecerá de validez legal, si no se ajusta a los requisitos que para las notificaciones de su clase establezca la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, vigente en la época de la diligencia, puesto que, si aparece de la copia autógrafa del oficio de notificación, en que se comunicó al causante la resolución en que se fijó, por primera vez, un crédito fiscal a su cargo, que la citada notificación se entendió con un familiar del causante a quien se entregó el original del oficio, la notificación no se hizo personalmente al causante, así como tampoco se entregó el oficio a persona respecto de quien se hubiera demostrado en autos, que tenia capacidad legal para representarla, irregularidad que vicia el procedimiento relativo al grado de invalidar la notificación apuntada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266192-0954378f/notificacion-personal-ley-de-hacienda-del-departamento-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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