PRUEBAS COMPLEMENTARIAS APORTADAS ANTE EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.
Si de acuerdo con el segundo párrafo de la fracción III del artículo 196 del Código Fiscal de la Federación, las Salas del Tribunal Fiscal gozan de la más amplia libertad para ordenar la práctica de cualquiera diligencia y para pedir la exhibición de cualquier documento, con mayor razón la sentenciadora, para orientar su criterio, debe tomar en cuenta las pruebas aportadas al juicio, complementarias de las ofrecidas en la fase oficiosa del procedimiento fiscal y que guardan relación estrecha con los puntos controvertidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266305-4f9d5cd9/pruebas-complementarias-aportadas-ante-el-tribunal-fiscal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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