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Modo: Corpus Pro

CODIGO SANITARIO. RECURSOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 268518 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Tercera Parte; Pág. 34

No es verdad que el artículo 309 del Código Sanitario dé un recurso ordinario que deba agotarse previamente a la interposición del amparo, ya que dicho precepto sólo se refiere a la obligación que tienen los gobiernos de los Estados y territorios de la Federación, de proporcionar a la Secretaría de Salubridad todos los datos que sean necesarios para la formación de la geografía y estadísticas médicas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268518-d6467aa8/codigo-sanitario-recursos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1464/58. Manuel Aguilar Lozano. 4 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.

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