AUTORIDADES FISCALES DEL DISTRITO FEDERAL. NO PUEDEN REVOCAR SUS RESOLUCIONES.
El artículo 25 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, en su primera parte, prohibe a las autoridades fiscales modificar o revocar sus propias resoluciones, y en la segunda, fija el procedimiento a seguir para obtener la revocación de esas resoluciones, las que pueden ser variadas mediante el uso de los recursos establecidos para tal efecto; pero en ninguna forma autoriza a las autoridades administrativas para modificar por sí y ante sí sus propias resoluciones. En consecuencia, sus resoluciones revocatorias son nulas si no se promovió el recurso que establece el artículo 160, fracción VII, del Código Fiscal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269084-f377e2c7/autoridades-fiscales-del-distrito-federal-no-pueden-revocar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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