REPRESENTACION COMUN INOPERANTE.
Aun cuando exista pluralidad de demandados, si a cada uno de ellos se les ejercitaron acciones diferentes, no puede considerarse operante la representación común, pues no existiendo la misma acción, ni tampoco la misma causa, ni identidad de personas, ni de acciones no es el caso de designar representante común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269292-a80c4df3/representacion-comun-inoperante · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6975/61. María Antonieta Uranga y coagraviados. 8 de junio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Jurisprudencia relacionada
- REPRESENTANTE COMUN. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN. (s/clave)
- REPRESENTACION COMUN. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis