FIANZA, INSOLVENCIA DEL FIADO EN EL MOMENTO DE CONSTITUIRSE LA.
La circunstancia de que el deudor principal se hallara en estado de insolvencia cuando la fiadora extendió la fianza, es un hecho que aun cuando se pruebe, de ninguna manera releva a la fiadora de la obligación que contrajo en la fianza, de cubrir el importe de los daños y perjuicios a que se obligó a pagar, si conocía ese hecho, y no obstante ello se constituyó su fiadora.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270253-ffcc5e0c/fianza-insolvencia-del-fiado-en-el-momento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja 214/63. Central de Fianzas, S. A. 26 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
Jurisprudencia relacionada
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