Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

LESION COMO CAUSA DE RESCISION DE UN CONTRATO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 270601 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVI, Cuarta Parte; Pág. 48

El artículo 14 del Código Civil Michoacano dice: "Cuando alguno por su ignorancia, inexperiencia o miseria se viere obligado a celebrar un contrato leonino o a contraer obligaciones evidentemente desproporcionadas a lo que el recibió, tiene derecho a pedir la rescisión del contrato, y de ser esta imposible, la reducción equitativa de sus obligaciones. El derecho concedido en este artículo no es renunciable y durara un año". Del texto transcrito se ve sin lugar a dudas que la lesión, como esta disposición legal la entiende, es un vicio subjetivo-objetivo, así que para que proceda la acción rescisoria a que ella se contrae deben probarse tanto el elemento objetivo: contrato leonino y obligaciones evidentemente desproporcionadas a lo que se da en cambio, como el elemento subjetivo: ignorancia, o inexperiencia o miseria, por cuya causa se celebró el contrato o se contrajeron las obligaciones con las características antes indicadas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270601-dc73f8ef/lesion-como-causa-de-rescision-de-un-contrato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4608/59. Ezequiel Martínez Aguilar. 27 de junio de 1962. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: José López Lira.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis