PRESUNCION. NO ES UN ELEMENTO DE CONVICCION QUE TENGA EXISTENCIA DE POR SI.
La presunción no es un elemento de convicción que tenga existencia de por sí, de tal manera que requiera en todos los casos un estudio de él, sino que es la deducción que los hechos admitidos o probados sugieren al juzgador, por medio de la lógica o del simple sentido común que, cuando los elementos de prueba directa por sí solos no son suficientes para determinar una decisión, puede entonces ayudar a establecer una verdad deduciéndola de otras indubitables, pero en manera alguna puede obligarse a quien pronuncie un laudo, a que en todos los casos trate de sacar conclusiones presuntivas y así lo haga constar en la resolución, porque si los hechos probados por sí mismos demuestran que parte tiene la razón, es innecesario recurrir a las presunciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274274-0cefdcc9/presuncion-no-es-un-elemento-de-conviccion-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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