JUNTAS, FACULTAD DE LAS.
Nunca se ha dicho que las Juntas tiene facultad para pasar inadvertidamente sobre las pruebas rendidas por alguna de las partes, como si no existieran en el expediente, ocupándose sólo de las presentadas por la contraria, ya que esta tesis sería opuesta a la razón y a la justicia porque estaría en pugna con las funciones que debe desempeñar todo juzgador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274733-5e37589e/juntas-facultad-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4577/60. Roberto Hernández Flores. 17 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
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