PRUEBAS, SU ESTIMACION POR LAS JUNTAS.
Aun cuando las Juntas son soberanas para apreciar las pruebas en conciencia, no lo son para inventarlas, y dentro de esa amplitud de facultades inaceptables, basar sus resoluciones en hechos acerca de los cuales no se rindió prueba alguna
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382007-dc64d3e1/pruebas-su-estimacion-por-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14906/32. Compañía Industrial de Guadalajara. 6 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.
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