SEGURO SOCIAL, FIN PRIMORDIAL DEL.
La institución del Seguro Social tiene por fin primordial hacerse cargo de las prestaciones que la ley o los contratos confieren a los trabajadores, bajo un sistema que reparte las cargas de las mismas entre el patrón, el Estado y los propios trabajadores, para aliviar así al capital productivo del agobio que constituían tales prestaciones, sin perjuicio de los derechos que le competen al trabajador como factor de la producción. Para que el instituto del seguro se haga cargo de las prestaciones que la Ley del Trabajo impone a los patrones, es menester que éstos hayan cubierto las cuotas que a ellos y a sus trabajadores les corresponden conforme a los artículos 29 a 34 de la ley del seguro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275023-484cfd2e/seguro-social-fin-primordial-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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