TRABAJADORES DEL ESTADO. AUTORIZACION PARA DAR POR TERMINADOS LOS EFECTOS DE SU NOMBRAMIENTO.
Siendo las relaciones entre el Estado y sus trabajadores, aquellas que jurídicamente derivan del nombramiento que al respecto se expide, cuando de acuerdo con las disposiciones del estatuto, procede dar por terminados los efectos de dicho nombramiento, aquellas relaciones deben cesar, no obstante que el empleado haya pasado a desarrollar labores distintas o a ocupar de hecho, un puesto diferente, pues existiendo un solo nombramiento, al dejar de surtir efectos el mismo, termina la única vinculación de derecho entre las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276068-6bb3c25b/trabajadores-del-estado-autorizacion-para-dar-por-terminados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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