PRUEBAS, ESTIMACION DE LAS.
Las Juntas, como tribunales no sujetos a regla alguna sobre la estimación de las pruebas, deben fundar sus conclusiones en el examen de todas y cada una de la pruebas que le sean ofrecidas por las partes, sea que favorezcan o perjudiquen a la parte que las presenta, criterio que también encuentra apoyo en la aplicación del principio de adquisición procesal consistente en que las partes para acreditar sus pretensiones pueden aprovecharse de las pruebas de la contraria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276244-5af52be3/pruebas-estimacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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