PRUEBAS, OBLIGACION DE ANALIZARLAS.
El artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo faculta a las Juntas de Conciliación y Arbitraje a apreciar los hechos en conciencia pero no las autoriza a dejar de analizar las pruebas rendidas por las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276930-d6533c30/pruebas-obligacion-de-analizarlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4713/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 30 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
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