COMPETENCIA SIN MATERIA.
Si el Juez requerido recibió el oficio de inhibitoria para que dejara de conocer de determinado proceso, después de haber dictado sentencia definitiva en el mismo, habiendo agotado por lo tanto su jurisdicción, es inconcuso que en estas condiciones, no existe materia para la competencia entablada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278037-08f76cb5/competencia-sin-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 33/55. Antonio Reyes Ambriz y coacusado. 26 de junio de 1956. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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