ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA).
Como ley excepción que fue el Decreto del Ejecutivo Federal, que como Ley de Emergencia promulgó con fecha siete de octubre de mil novecientos cuarenta y tres con motivo del estado de guerra en que se encontraba nuestro país, para que resultara aplicable, era requisito necesarísimo que se comprobaran en forma clara y precisa, los requisitos señalados en su artículo 2o.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278690-c042742d/asalto-delito-de-legislacion-de-emergencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Apatzingán, Michoacán, y de Distrito del Estado de Michoacán 149/44. 8 de julio de 1947. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ASALTO, DELITO DE ( LEGISLACION DE EMERGENCIA ). (s/clave)
- ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis