ROBO DE METALES.
En el delito consistente en la extracción de minerales de un yacimiento, sujeto a concesión, y no se afectan solamente intereses de particulares, pues la ley minera vigente, dice que las concesiones autorizan el concesionario para disponer de los productos minerales que obtenga por sus trabajos, de donde se deduce que lo que no hubiere sido obtenido con los trabajos del concesionario, o sea, los minerales aún adheridos a la tierra, no entra en la autorización para disponer; en consecuencia, el delito de extracción de productos minerales no se opera directamente sobre bienes del concesionario, sino sobre los que todavía quedan dentro del dominio de la nación, por no haber sido todavía extraídos por la persona legalmente autorizada para ello.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279389-8aa7ec1d/robo-de-metales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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