MINERALES. ROBO DE.
El apoderamiento de una mina y de los minerales depositados en ella, pero que ya habían sido desprendidos de las vetas donde se encontraban originalmente, constituyen los delitos de despojo de inmueble y de robo, por no quedar comprendidos en el artículo 94 de la Ley Minera, en la que se establecen sanciones para quienes, sin tener derecho para ello, exploten cualesquiera de las substancias que se encuentren en el subsuelo, que sean del dominio directo de la nación; por consiguiente, el conocimiento del proceso que se refiera a hechos de tal naturaleza, corresponde a las autoridades judiciales del fuero común, por no tener carácter de delitos federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386663-5219895b/minerales-robo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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