REMOCION DE EMPLEADOS.
Contra la que ordenan las autoridades, es improcedente conceder la suspensión, porque con ello se perjudicaría a la sociedad y al Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279608-59d62adc/remocion-de-empleados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Gaytán Juan B. 20 de febrero de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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