BANCO INTERNACIONAL E HIPOTECARIO.
El derecho que la ley concede a los deudores para cubrir sus créditos con bonos hipotecarios del banco, no es renunciable por tratarse de una ley prohibitiva o de interés público y los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas serán nulos, si las mismas leyes no disponen otra cosa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279757-da22ae13/banco-internacional-e-hipotecario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Carey Francisco B. 13 de abril de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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