BANCO INTERNACIONAL E HIPOTECARIO.
El derecho que la ley concesión da a los deudores para cubrir sus créditos con los bonos hipotecarios del banco, no es renunciable por tratarse de una ley prohibitiva o de un interés público y los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas serán nulos, si las mismas leyes no disponen otra cosa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282112-6c80fc7f/banco-internacional-e-hipotecario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1175/25. Uría de Velasco Ana. 12 de marzo de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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