AMPARO DIRECTO.
Tratándose de amparo directo, el papel del tribunal contra cuyo fallo se enderece, debe concretarse a remitir a su destino la demanda que por su conducto se presente, sin poder dictar resolución alguna sobre su admisión, procedencia o improcedencia, pues tal cosa incumbe exclusivamente a la Corte, así como el hacer efectiva la sanción contenida en el artículo 101 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279946-d18cb18f/amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Ayala Manuel. 22 de junio de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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