SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.
Los elementos de prueba debieron aducirse para desvirtuar lo aseverado por las autoridades responsables, respecto a la ejecución de los actos reclamados, no pueden estimarse como causas de supervenientes, que funden la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280248-06bb0042/suspension-por-causa-superveniente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Caballero de los Olivos Manuel. 22 de marzo de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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