DEPOSITOS.
Los depósitos en cuenta corriente en los bancos, como no tienen término para su duración, requieren únicamente la interpretación judicial, para que el depositario se constituya en mora, siendo desde entonces exigible los réditos y la responsabilidad civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280270-96c78265/depositos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 176/26. Angel González y Compañía. Unanimidad de ocho votos, en cuanto a los puntos resolutivos segundo, cuarto, quinto y sexto, y por unanimidad de diez votos, en cuanto a los puntos primero, tercero, séptimo, octavo noveno y décimo de este fallo. Ausente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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