QUIEBRA.
El estado de quiebra hace que el comerciante se encuentre en una particular situación, que modifica no sólo sus derechos y obligaciones y su capacidad jurídica, privándolo de algunos derechos civiles, sino que afecta de modo más o menos sensible a los derechos de las personas que con él han contratado, hasta verse éstas privadas de la cosa o derechos que hubieren adquirido en sus relaciones con el quebrado, en ciertas y determinadas circunstancias, dejando de tener entonces aplicación, las disposiciones de carácter general, para aplicarse las especiales de la legislación mercantil, que establecen cuáles son los efectos de la declaración de quiebra, tanto con relación al quebrado, como a las terceras personas que con él han contratado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281585-44fa5a00/quiebra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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