VENTAS AL FIADO.
En el contrato de venta al fiado, en caso de que el comprador no cumpla, el vendedor podrá exigir el precio con sus intereses en mora, mas no podrá pedir la rescisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282164-9e67ad33/ventas-al-fiado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4137/25. Morlote Peral Manuel. 26 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Disidente: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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